El monto de la cuota suplementaria no puede incrementarse pues no puede exigirse al alimentante un esfuerzo que le resulte ruinoso

12.02.2018 17:56
Partes: A. M. V. c/ Q. A. A. s/ aumento de cuota alimentaria – incidente
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Sala/Juzgado: A
9 febrero 2018 por Ed. Microjuris.com Argentina
Fecha: 8-sep-2017
Cita: MJ-JU-M-107525-AR | MJJ107525 | MJJ107525
El monto de la cuota suplementaria no puede incrementarse pues no puede exigirse al alimentante un esfuerzo que le resulte ruinoso.
Sumario:
1.-No corresponde admitir el incremento de la cuota suplementaria peticionado por la parte actora toda vez que si bien el canon suplementario no debe diluirse a través de cuotas excesivamente extensas, tampoco puede exigirse al alimentante un esfuerzo tal que le impida atender sus propias necesidades y las de su otra hija.
2.-Teniendo en cuenta los ingresos del alimentante, es dable concluir que el importe adeudado en concepto de cuota alimentaria solo puede ser cancelado mediante el otorgamiento de las facilidades prevista en art. 645 del CPCCN.; máxime siendo que no se ha acreditado que el demandado cuente con un patrimonio suficiente para afrontar el pago total.
3.-Toda vez que, una vez realizada las deducciones de cuota alimentaria y suplementaria, el salario del demandado es superior al denunciado, la disminución de la cuota suplementaria solicitada no puede tener favorable acogida.